Convocante

Consellería de Economía, Empleo e Industria

Publicación

Diario Oficial de Galicia

Obxecto

Esta orden tiene por objeto fomentar la incorporación de personas desempleadas y personas trabajadores temporales a cooperativas y sociedades laborales y apoyar el desarrollo de proyectos de emprendimiento colectivo en empresas de economía social.

Se establecen los siguientes programas de ayudas:

  1. Programa I: fomento del empleo en cooperativas y sociedades laborales.
  2. Programa II: fomento del acceso a la condición de persona socia.
  3. Programa III: fomento del empleo en cooperativas y sociedades laborales para personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil.
  4. Programa IV: fomento del emprendimiento colectivo, para personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil.
  5. Programa V: impulso de proyectos empresariales colectivos.
  6. Programa VI: intercooperación e integración cooperativa.

Beneficiarios

Se podrán acoger a las subvenciones recogidas en esta orden, siempre que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en el correspondiente programa de ayudas:

  • Las cooperativas y sociedades laborales para las actuaciones previstas en los programas I, III, V y VI.
  • Las personas desempleadas, socias o trabajadoras de cooperativas o sociedades laborales o de otras empresas que se transformen en estas, para las actuaciones previstas
    en el programa II.
  • Las personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil, para las actuaciones previstas en el programa IV.

Observacións

Para los programas I, II, V y VI el plazo de presentación de solicitudes será el 27 de agosto.

Para los programas III y IV el plazo de presentación de solicitudes será el 30 de septiembre.

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