Convocante
Consellería de Economía, Empleo e IndustriaPublicación
Diario Oficial de Galicia
Obxecto
Esta orden tiene por objeto fomentar la incorporación de personas desempleadas y personas trabajadores temporales a cooperativas y sociedades laborales y apoyar el desarrollo de proyectos de emprendimiento colectivo en empresas de economía social.
Se establecen los siguientes programas de ayudas:
- Programa I: fomento del empleo en cooperativas y sociedades laborales.
- Programa II: fomento del acceso a la condición de persona socia.
- Programa III: fomento del empleo en cooperativas y sociedades laborales para personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil.
- Programa IV: fomento del emprendimiento colectivo, para personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil.
- Programa V: impulso de proyectos empresariales colectivos.
- Programa VI: intercooperación e integración cooperativa.
Beneficiarios
Se podrán acoger a las subvenciones recogidas en esta orden, siempre que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en el correspondiente programa de ayudas:
- Las cooperativas y sociedades laborales para las actuaciones previstas en los programas I, III, V y VI.
- Las personas desempleadas, socias o trabajadoras de cooperativas o sociedades laborales o de otras empresas que se transformen en estas, para las actuaciones previstas
en el programa II. - Las personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil, para las actuaciones previstas en el programa IV.
Observacións
Para los programas I, II, V y VI el plazo de presentación de solicitudes será el 27 de agosto.
Para los programas III y IV el plazo de presentación de solicitudes será el 30 de septiembre.