Convocante

Fundación Iberdrola España

Obxecto

La Fundación, a través de su Programa Social 2027, tiene como objetivo ayudar a construir una sociedad mejor, más inclusiva y sostenible, con el fin de contribuir a reducir las desigualdades y promover oportunidades de futuro para las personas más vulnerables, priorizando la infancia y adolescencia, la juventud y las mujeres.

Este Programa prioriza tres líneas de actuación específicas, que son las siguientes:

  • Línea 1. Reducción de la pobreza infantil y juvenil
    • Iniciativas que fomenten la educación como herramienta principal para mitigar los efectos más nocivos de la pobreza infantil.
    • Proyectos que promuevan la reducción del abandono escolar en edades tempranas y fomenten la empleabilidad de los jóvenes, con el fin de mejorar su inclusión social y laboral.
  • Línea 2. Apoyo a la mujer.
    • Ayuda a mujeres que sufren acoso y violencia de género, cuya situación se ha agravado por la crisis sanitaria, económica y social actual.
    • Iniciativas orientadas a fomentar la integración de la mujer en el mercado laboral para lograr una autonomía real
  • Línea 3. Inclusión social para personas con discapacidad o en tratamiento por adicciones
    • Apoyo a niños, niñas y jóvenes con discapacidad, fomentando el desarrollo de habilidades que favorezcan su autonomía personal y la vida independiente.
    • Apoyo a proyectos que promuevan procesos formativos que faciliten su integración laboral.
    • Prevención y/o tratamiento de personas afectadas por adicciones para facilitar su inclusión social y laboral

Beneficiarios

Solo se podrán presentar a esta Convocatoria aquellas entidades que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Estar legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente, perseguir fines de interés general y tener la obligación de revertir todo el beneficio en su objeto social.
  • Ser una entidad beneficiaria de mecenazgo a los efectos de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
  • Si se trata de una asociación, federación o confederación, debe estar declarada de utilidad pública por el Ministerio del Interior o por la comunidad autónoma correspondiente.
  • Contar con sede social constituida y permanente dentro del territorio español y tener reconocida, conforme a la legislación española, legitimación o capacidad de obrar jurídicamente.
  • Haber formulado, aprobado y sometido a un auditor de cuentas inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas las cuentas anuales correspondientes a los dos últimos ejercicios económicos cerrados.
  • Estar al corriente de pago en las obligaciones fiscales y laborales.
  • Disponer de página web actualizada.
  • No ser una fundación o asociación de empresa o grupos de empresas, ni de una obra social de una caja de ahorro ni de una institución pública (Hospital, Universidad, etc.) o gubernamental.
  • Tener como fines expresos, según sus estatutos, la realización de actividades orientadas a los colectivos a los que se refiere la categoría a la que opta.
  • Contar con una estructura y capacidad suficientes para gestionar el proyecto seleccionado garantizando su viabilidad.
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