Convocante

Comunidad de Madrid

Publicación

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

Obxecto

Las actuaciones objeto de subvención deberán haberse desarrollado en el año 2023 y estar encuadradas en alguna de las siguientes líneas, quedando excluidas el resto:

  • Promoción del autocuidado del paciente crónico.
  • Formación a pacientes en habilidades de autogestión de la enfermedad.
  • Mejora de la capacitación del cuidador del paciente con proceso crónico.
  • Mejora de la calidad de vida, en el aspecto sanitario, de los pacientes con patologías crónicas.
  • Mejora de la calidad de vida del cuidador.
  • Apoyo psicológico y emocional al enfermo y sus cuidadores.
  • Información sanitaria dirigida a pacientes.
  • Seguridad del paciente.
  • Atención a la población más vulnerable a problemas de alcoholismo.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades sin ánimo de lucro de pacientes o familiares de pacientes que realicen programas
de ayuda mutua y autocuidados en salud para personas con enfermedad crónica, que se desarrollen en la Comunidad de Madrid.

Las entidades deberán cumplir los requisitos establecidos en el dispongo tercero de la Orden de convocatoria, entre los que se encuentran los siguientes:

  1. Tener como fines constitutivos y actividades los señalados anteriormente.
  2. Tener el domicilio en la Comunidad de Madrid.
  3. Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.
  4. Contar con una estructura organizativa y técnica adecuada que garantice el cumplimiento de los objetivos que se pretenden desarrollar.
  5. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  6. No haber sido beneficiarias de una subvención de concesión directa de la Consejería de Sanidad en el año 2023.
  7. Haber presentado la justificación de la subvención concedida en la convocatoria de 2023, en el caso de haber sido beneficiario.
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