Convocante
Ayuntamiento de MadridPublicación
Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Obxecto
El objeto de estas subvenciones es la promoción y desarrollo de la economía social en las anualidades 2021 y 2022.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades de economía social según se resume a continuación:
- Modalidad de “Fomento de la intercooperación empresarial”
- Las entidades de la economía social reguladas en el artículo 5 de la Ley 5/2011, de
Economía Social y entidades asociativas de las mismas.
- Las entidades de la economía social reguladas en el artículo 5 de la Ley 5/2011, de
- Modalidad de “Proyectos piloto de creación de nuevas entidades de economía social o de nuevas líneas de negocio/actividad”
- Las entidades de la economía social reguladas en el artículo 5 de la Ley 5/2011 de Economía Social y entidades asociativas de las mismas, que realicen actuaciones de fomento de la economía social.
- Modalidad de “Fomento del asociacionismo dentro de la economía social”
- Las entidades resultantes de procesos de asociación de cooperativas, de sociedades laborales y de empresas de inserción.
Observacións
- Para la anualidad 2021, el plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales.
- Para la anualidad 2022, el plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 30 de abril
de 2022, ambos incluidos.