¿Cómo financiar la formación de mi entidad?

Las organizaciones disponen de un crédito para la formación de sus trabajadores que coticen a la Seguridad Social en el Régimen General, que pueden hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social una vez realizada la formación.

La cuantía de dicho crédito se fija teniendo en cuenta el importe ingresado por la entidad en concepto de formación profesional durante el ejercicio anterior.

A veces, cuando desde distintas empresas gestoras de formación ofrecen cursos a entidades del tercer sector bonificados a partirde la Fundación Tripartita, la pregunta de muchos es: “¿Pero el curso entonces es gratuito, no?”

La respuesta es muy clara: no. Los cursos que realicen los trabajadores en nómina de una organización, ya han sido financiados totalmente o parcialmente. Lo han hecho el año anterior mediante las cotizaciones en formación que se realizan a la Seguridad Social por cada trabajador que tienen en plantilla, más las aportaciones del Servicio de Empleo Estatal. Es lo que para cada organización supone su crédito para formación, y que es utilizable cada año en curso. Es decir, lo que no se utiliza, no se recupera!

¿Como puedo conocer el crédito para formación del que dispone mi empresa?

El crédito se crea mediante los importes cotizados a la Seguridad Social en concepto de Formación Profesional durante el año anterior, aplicándole un tanto por ciento de bonificación en función del número de trabajadores medio que han cotizado (el 0,70 x suma de todos los importes de la casilla 501 del TC1). A ese importe se le aplica un porcentaje de bonificación, que varía en función del tamaño de empresa:

Las empresas de 1 a 5 trabajadores, tienen garantizado un crédito mínimo de 420€. Al resto de las empresas, se le adjudica un porcentaje sobre la cotización a la Seguridad Social.

La propia página Web de la Fundación tiene una herramienta para el cálculo del crédito Simulador de crédito.

Si el coste de la formación supera el crédito de que cuenta, la entidad tendrá que abonar la diferencia. Si no es así, se lo descontará de las cotizaciones a la Seguridad Social el mes siguiente al término de la acción formativa. Y si a 31 de diciembre no se ha dispuesto de la totalidad del crédito para el año actual, el resto se pierde, no puede utilizarse al siguiente año.

La gestión del crédito la puede realizar la propia entidad que quiere formarse o bien puede ceder la gestión a terceros, que actuarán en calidad de entidades organizadoras del crédito.

Algalia dispone de un servicio de gestión del crédito de formación para entidades del sector. Si estás interesado en ampliar información contacta con nosotros.

Miguel Barbosa
Socio Responsable del área de Consultoria de Algalia Servicios para el Tercer Sector

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