Convocante

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

Publicación

Diario Oficial de Galicia

Obxecto

Estas bases regulan la concesión de subvenciones para proyectos desarrollados dentro de alguna de las cuatro dimensiones siguientes:

  • Sensibilización y concienciación de la opinión pública en materia de cooperación para el desarrollo y causas de la pobreza.
  • Formación sobre el desarrollo y difusión en los ámbitos educativos del conocimiento de la realidad de los países empobrecidos y de la cooperación para el desarrollo.
  • Investigación sobre el desarrollo.
  • Incidencia, participación y movilización social para crear redes de solidaridad en nuestra sociedad.

Beneficiarios

Las entidades beneficiarias de la concesión de subvenciones serán las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo que estén inscritas en la sección A del Registro Gallego de Agentes de Cooperación para el Desarrollo y las agrupaciones lideradas porONGD con los otros agentes de cooperación definidos en la Ley 3/2003, de 19 de junio, de cooperación para el desarrollo.

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