Convocante

Consellería de Economía, Empleo e Industria

Publicación

Diario Oficial de Galicia

Obxecto

La finalidad de este programa es generar empleo estable para personas desempleadas, principalmente entre la juventud,  los hombres mayores de 45 años y las mujeres, apoyando y dinamizando el desarrollo de nuevas iniciativas empresariales en la Comunidad Autónoma de Galicia, con especial atención a los ayuntamientos del rural gallego.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en esta orden las empresas privadas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, excepto las personas físicas, comunidades de bienes, sociedades civiles, sociedades cooperativas y sociedades laborales, siempre que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en esta orden para cada tipo de ayuda y en las cuales concurran, en la fecha de su inicio de actividad, las siguientes circunstancias:

  1. Que sean empresas de nueva creación.
  2. Que sean viables técnica, económica y financieramente.
  3. Que generen empleo estable para personas desempleadas.
  4. Que tengan su domicilio social, fiscal y su centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia.
  5. Que sean promovidas, como máximo, por cinco personas y que entre los socios o las socias promotoras no figure ninguna persona jurídica.
  6. Que la empresa tenga un capital social máximo de 120.202 euros.
  7. Que como mínimo el 50 % de su capital social sea de titularidad de los promotores y promotoras que sean personas desempleadas que creen su propio puesto de trabajo en la empresa.
  8. También podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta orden las empresas privadas que obtuvieran la calificación como iniciativa local de empleo (ILE).
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