1.     LA CONFIANZA

«Con los años aprendes que, en realidad, solo hay un negocio: el de la confianza. Es la esencia de cualquier trato comercial, tanto presencial como digital. Como también lo es de otras facetas de la vida social: pareja, familia, amistad, política, religión… El tendero no vende solo su producto, vende confianza. Y también los abogados, los médicos, el fontanero, un banco, una compañía de seguros, la operadora de telecomunicaciones, el correo electrónico, las redes sociales, un periódico, etc».

Este análisis lo hacía Borja Adsuara en un medio de comunicación de referencia, de estos que venden confianza, al analizar el uso de datos de Facebook por Cambridge Analytica para Donald Trump.

Ese mismo enfoque de confianza, y una de las herramientas para generarla, la transparencia, es uno de los principales motores de iniciativas como la Fundación Lealtad o del Barómetro de la Confianza anual de Edelman, cuya última entrega se presentó el pasado mes de febrero

 

2.     LOS ABUSOS SEXUALES O SEXISTAS

… o es uno de los principales problemas de una ONG cuando, por ejemplo, se descubren presuntos abusos o «mala conducta sexual» de su personal, y genera un efecto reflejo desde otras entidades: en esos mismos días, otra ONG revelaba haber sancionado a 24 personas de su organización en 2017 tras recibir denuncias de acoso o abuso sexual dentro del entorno laboral e incluso en esos días de febrero se acababa elaborando un listado de casos detectados por ONG.

Uno de los mecanismos de prevención implantados en España ha sido el certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, aplicable de manera transversal para todas las personas en contacto habitual con menores de edad, incluso en voluntariado o en prácticas, mecanismo parcial y limitado -y recién cuestionado en su legalidad por una reciente sentencia de un juzgado de Zaragoza-, pero en definitiva una herramienta de prevención.

Se trata ante todo, y por supuesto, de proteger a las víctimas, prioridad número uno, sean personas menores de edad, sean mujeres o varones, o sea cualquier otro colectivo o individuo. Se trata también de proteger jurídicamente a la propia entidad, pues podría llegar a ser responsable de un delito, al estar incluidas la prostitución, la explotación sexual y la corrupción de menores en los delitos de los cuales puede responsabilizarse a una persona jurídica, además de a la persona física autora. Pero, además de esa protección, y pensando en la confianza a la cual debemos hacernos acreedoras todas las organizaciones y personas, cada día, ¿puede o incluso debe implantarse algún mecanismo específico en una ONG?

 

3.     LAS HERRAMIENTAS

  • Primer paso: la concreción de normas internas. Muchas organizaciones disponen de códigos propios de conducta en relación con el acoso sexual o el acoso sexista a modo de reglamento interno.
    • Que los abusos de poder, la explotación y el abuso o acoso sexual están prohibidos, tanto internamente como con respecto a las personas relacionadas con la organización es una constante, más o menos explícita en el texto.
    • Que los incumplimientos deben conllevar consecuencias, también.
    • Que las entidades más directamente relacionadas con infancia, con mujeres o con otra población vulnerable debe tenerlo especialmente en cuenta y desarrollado, resulta una obviedad.

Medidas como que una persona no pueda estar a solas con una persona menor de edad o llevarlo en su coche privado, o que no pueda haber -ni promoverse- relaciones sexuales con abuso por la situación de vulnerabilidad de una de las partes deberían ser unos mínimos evidentes y regulados.

  • Segundo paso: buzones confidenciales de denuncia. Pero después, debe haber también una persona u órgano encargada de vigilar el cumplimiento de estas normas internas, siendo un mecanismo extendido el uso de buzones con quejas de una persona de la organización o de fuera que denuncian o expresan su sospecha sobre alguna persona o directamente denuncia abusos por parte de alguien, debiendo dichos buzones garantizar la ausencia de represalias contra quien formula la queja o denuncia.
  • Siguientes pasos: ¿nos suena el esquema anterior? Se trata, en definitiva, de establecer un mecanismo de cumplimiento, de compliance, con sus mismos elementos esenciales de:
    • identificar riesgos
    • implantar medidas de prevención eficaces desde los órganos competentes de la entidad, con revisión periódica
    • abrir un canal de comunicación ágil y seguro, para garantizar el cumplimiento de la obligación de informar, disponiendo de un órgano de respuesta y valoración
    • en particular, establecer un sistema de sanción adecuada al incumplimiento

Administraciones como la navarra o andaluza o sindicatos, entre otras organizaciones, han aportado desde hace tiempo elementos para construir un protocolo de actuación ante los abusos sexuales o sexistas.

En este contexto, ¿debe nuestra entidad elaborar un protocolo u otro sistema de cumplimiento?

Quede aquí la pregunta -y el apoyo para su respuesta-, queda la respuesta en las manos de quien lea.

Santiago Míguez
Asesor Legal de  Algalia S. Coop. Galega

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