Convocante

Concello de Betanzos

Publicación

Boletín Oficial da Coruña

Obxecto

La presente convocatoria tiene por objeto el establecimiento de ayudas económicas para que sus destinatarios realicen las actividades siguientes:

  1. Promoción de actividades educativas. – Incluye actuaciones tales como los cursos, las actividades extraescolares, seminarios, servicios de préstamo de libros y otras actividades relacionadas con la formación, bien por los propios centros educativos, bien por las Asociaciones de Alumnos de los centros, bien por las Asociaciones de Padres de Alumnos de los mismos.
  2. Promoción de actividades culturales. – Entendiéndose por las eres actividades tales como celebraciones, homenajes, exposiciones, publicaciones, concursos, certámenes, muestras, excursiones, eventos musicales, encuentros, conferencias, estudios, espectáculos de los diversos estilos musicales, programas de formación práctica musical y, en general, cualquier actividad de conservación, promoción y divulgación de los valores culturales.
  3. Promoción de actividades deportivas. – En este apartado se fomentan los gastos derivados de participación en competiciones oficiales, disfrutando de especial protección el deporte de la infancia y juventud; también podrán ser objeto de subvención los eventos deportivos especiales.
  4. Promoción de actividades sociales. – Entendiéndose por las eres actividades tales como gastos derivados de actividades en las áreas de familia, infancia y juventud; personas mayores; diversidad funcional; drogodependencias y otros trastornos aditivos; violencia de género; igualdad de oportunidades y personas en riesgo o situación de exclusión o especiales dificultades de inserción social y/o laboral. También tarde-noche tenidas en cuenta las actividades de fomento e implantación del asociacionismo en el de la tercera edad.
  5. Promoción de actividades dirijas a la Juventud. – En este apartado se fomentan los gastos derivados de la promoción del asociacionismo juvenil, la realización de actos de carácter socioeducativo dirigidos a tratar las distintas problemáticas que en la actualidad afectan a la juventud y programas de animación sociocultural en general.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en las presentes Bases las personas o entidades públicas o privadas jurídicamente constituidas que cumplan las siguientes condiciones:

  • Carecer de fines de lucro.
  • Desarrollar sus actividades en el término municipal.
  • No tener pendiente de justificar ninguna subvención concedida, en la convocatoria anterior, por el Ayuntamiento de Betanzos, salvo que se le concediera excepcionalmente prórroga o bien hubiera desistido de forma motivada y por escrito.
  • No estar incursas en ninguna causa de incompatibilidad o prohibición de las mencionadas en el artículo 13 de la Ley38/2003.
  • Tener como objeto social principal a realización de actividades de la misma naturaleza que aquellas para las que se solicite subvención.
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