Principios

LIBRE ADHESIÓN

ALGALIA S.  COOP. GALLEGA se declara abierta a todas las personas que de forma voluntaria acepten estos Principios Cooperativos; compartan y se identifiquen con sus valores; acrediten idoneidad profesional para los puestos de trabajo que pudieran existir y acepten y se comprometan con las responsabilidad de ser socias.

Para la adscripción a la cooperativa no existirá discriminación alguna por motivos religiosos, políticos, étnicos, o de sexo. Solamente será exigible el respeto a los postulados de su constitución interna.

ORGANIZACIÓN DEMOCRÁTICA

ALGALIA S.  COOP. GALLEGA proclama la igualdad básica de las socias trabajadoras en el que respecta a sus derechos a ser, poseer y conocer, lo que implica la aceptación de una organización democrática de la empresa, concretada en:

  1. La soberanía de la Asamblea General, compuesta por la totalidad de la socias, que se ejercita según la práctica de “una persona, un voto”.
  2. La elección democrática de los órganos de gobierno, y en concreto del Consello Rector, responsable de su gestión ante la Asamblea General. El Consello Rector representa a la Cooperativa y su actuación, orientada por el proyecto compartido aprobado por la Asamblea, estará dirigida a compaginar el interés general de la Cooperativa con el particular de sus socias.
  3. La colaboración con los órganos directivos designados para gestionar la sociedad por delegación de toda la comunidad, que disfrutarán de las atribuciones suficientes para desarrollar eficazmente su función en beneficio común.

ALGALIA S.  COOP. GALLEGA  es una organización democrática controlada por sus miembros, quienes participan activamente en la definición de sus políticas y en la toma de decisiones.

Las personas elegidas para representar a la Cooperativa responden antes los miembros.

Sí entra en acuerdo con otras organizaciones (incluyendo gobiernos) o tiene capital de fuentes externas, lo realiza en términos que aseguren el control democrático por parte de sus miembros y mantenga la autonomía de la Cooperativa.

PARTICIPACIÓN ECONÓMICA DE LOS SOCIOS

Los miembros contribuyen de manera equitativa y controlan de manera democrática el capital de la cooperativa. Por lo menos una parte de ese capital es propiedad común de la cooperativa.

Usualmente reciben una compensación limitada, si es que la hay, sobre el capital suscrito como condición de asociación. Los miembros asignan excedentes para cualquiera de los siguientes propósitos: el desarrollo de la cooperativa mediante la posible creación de reservas, de la cual al menos una parte debe ser indivisible; los beneficios para los miembros en proporción con sus transacciones con la cooperativa; y el apoyo a otras actividades según lo apruebe la asamblea.

SOBERANÍA EN EL TRABAJO

ALGALIA S. COOP. GALEGA considera que el Trabajo  es el principal factor transformador de la naturaleza, de la sociedad y del propio ser humano y, por consiguiente:

  1. Renuncia a la contratación sistemática de los trabajadores asalariados.
  2. Adjudica al Trabajo plena soberanía en la organización de la empresa cooperativa.
  3. Considera al Trabajo acreedor esencial en la distribución de la riqueza producida.

Manifiesta su voluntad de ampliar las opciones de trabajo a todos los miembros de la sociedad.

CARÁCTER INSTRUMENTAL Y SUBORDINADO DEL CAPITAL

ALGALIA S. COOP. GALLEGA considera al factor Capital como un instrumento, subordinado al Trabajo, necesario para el desarrollo empresarial y acreedor por tanto:

  • A una remuneración:
    1. Justa, en relación con los esfuerzos que implica su ahorro.
    2. Adecuada, para propiciar la adscripción de los recursos necesarios.
    3. Limitada en su cuantía, mediante la correspondiente regulación.
    4. No directamente vinculada a los Resultados obtenidos.
  • A una disponibilidad subordinada a la continuidad y desarrollo de la Cooperativa, que no impida una real aplicación del principio de libre adhesión.

PARTICIPACIÓN EN LA GESTIÓN

ALGALIA S. COOP. GALLEGA estima que el carácter democrático de la Cooperativa no se agota en su vertiente societaria, sino que implica un desarrollo progresivo de la autogestión y consecuentemente de la participación de las socias en el ámbito de la gestión empresarial, y que, a su vez, requiere:

  1. El desarrollo de los mecanismos y canales de participación adecuados.
  2. La transparencia informativa en relación con la evolución de las variables básicas de la gestión de la Cooperativa.
  3. La práctica de métodos de consulta y negociación con las socias trabajadoras en las  decisiones económicas, organizativas y laborales que les conciernan o afecten.
  4. La aplicación sistemática de planes de formación social y profesional de la socias.
  5. El establecimiento de la promoción interna como vía básica para la cobertura de los puestos con mayor responsabilidad profesional.

SOLIDARIDAD RETRIBUTIVA

ALGALIA S. COOP. GALLEGA proclama la retribución suficiente y solidaria como un principio básico de su gestión, expresada en los términos de:

  1. Suficiente, acorde con las posibilidades reales de la Cooperativa.
  2. Solidaria, en los siguientes ámbitos concretos:
    • Interno. Materializado, entre otros aspectos, en la existencia de un intervalo solidario de retribuciones al trabajo.
    • Externo. Materializado en el criterio de que la remuneración media interna sea equivalente a la de las trabajadoras asalariadas de su sector profesional, salvo manifiesta insuficiencia de la política salarial en el mismo.

INTERCOOPERACIÓN

ALGALIA S. COOP. GALLEGA considera que, como aplicación concreta de solidaridad y requisito de eficacia empresarial, el principio de Intercooperación debe manifestarse:

  1. En la contribución a la colaboración entre cooperativas que buscan sinergias para desarrollar sus proyectos y fortalecer sus
  2. En la contribución al desarrollo del cooperativismo gallego, con el fin de potenciar la Economía Social en Galicia.
  3. En la contribución con otros movimientos cooperativos del Estado, Europeos y del resto del mundo, realizando acuerdos y estableciendo órganos conjuntos dirigidos a propiciar el desarrollo común.

TRANSFORMACIÓN SOCIAL

ALGALIA S. COOP. GALLEGA manifiesta su voluntad de transformación social solidaria con la de otros pueblos, a través de  su actuación en Galicia  en un proceso de expansión que colabore a su construcción económica y social y a la edificación de una sociedad galega más libre, justa y solidaria, mediante:

  1. Una política de Protección Social de sus socias y trabajadoras coherente con el sistema cooperativo, basándose en la solidaridad y responsabilidad.
  2. El apoyo a iniciativas de desarrollo comunitario, mediante la aplicación del Fondo de Formación y Promoción.
  3. La cooperación con otras instituciones gallegas de carácter económico y social, especialmente las promovidas por agentes de la economía social.
  4. La colaboración en la revitalización del gallego y, en general, de los elementos característicos de la cultura Gallega.
  5. La  reinversión para la creación de puestos de trabajo cooperativos.

CARÁCTER UNIVERSAL

ALGALIA S.  COOP. GALLEGA, como expresión de su vocación universal, proclama su solidaridad con todas las que trabajan por la democracia económica en el ámbito de la “Economía Social”, haciendo sus los objetivos de Paz, Justicia y Desarrollo, propios del  Cooperativismo Internacional.

EDUCACIÓN Y FORMACIÓN

ALGALIA S. COOP. GALLEGA manifiesta que para promover la implantación de los anteriores Principios es fundamental la dedicación de suficientes recursos personales y económicos a la Educación, en sus diversas vertientes:

  1. Cooperativa, del conjunto de las socias y en especial de las elegidas para los órganos sociales.
  2. Profesional, en especial de las socias designadas por los órganos directivos.
  3. En general, de la juventud, propiciando el surgimiento de personas cooperadoras, capaces de consolidar y desarrollar experiencias cooperativas en el futuro.

 

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