Pablo Figueroa forma parte del servicio de Asesoría Económica de Algalia desde 2008. Es el responsable de, entre otras funciones, desarrollar el servicio de acompañamiento a los clientes en su proceso de solicitud de declaración de utilidad pública.
1.- ¿En qué consiste el reconocimiento de Declaración de Utilidad Pública?
La obtención de la condición de Declaración de Utilidad Pública supone el reconocimiento administrativo de que las actuaciones de una asociación persiguen el interés general.
Este reconocimiento confiere a las entidades que lo obtienen la posibilidad de usar la mención de “declarada de utilidad pública” en todos sus documentos y la posibilidad de acogerse a la Ley 49/2002 de Régimen Jurídico de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, con todos los beneficios fiscales que dicho acogimiento implica.
2.- ¿Qué entidades pueden solicitarla?
Puede ser solicitada por asociaciones y federaciones que, entre otros requisitos, persigan fines de interés general (conforme el artículo 3º de la Ley 49/2002), que su actividad no esté restringida exclusivamente a beneficiar a sus asociados, que cuenten con los medios personales y materiales adecuados para garantizar el cumplimiento de sus fines estatutarios, que los cargos del órgano de gobierno sean gratuitos y no principales destinatarios de las actividades de la entidad, y que estén inscritas y en funcionamiento, al menos, dos años completos antes de formalizar la solicitud.
La solicitud ha de formalizarse ante el Registro de asociaciones en el que se encuentren inscritas aportando, además de otra documentación, las memorias de actividades y las cuentas anuales, en el formato adaptado del plan contable sectorial, de los dos ejercicios cerrados anteriores al de la solicitud.
3.- ¿Qué beneficios y qué obligaciones conlleva el reconocimiento de declaración de utilidad pública?
La obtención de la declaración de utilidad pública permite, además de poder usar la mención como tal de dicha condición, el acogerse al régimen fiscal que establece la Ley 49/2002, que implica, tanto beneficios fiscales para la entidad, cómo para quienes colaboran económicamente con la misma.
La entidad puede aplicar exenciones fiscales en el ámbito de su impuesto de sociedades, en determinados tributos municipales y autonómicos. Sus donantes pueden aplicarse deducciones en su declaración de IRPF (en el caso de las personas físicas) y en el impuesto sobre beneficios (en el caso de las personas jurídicas), en lo referente al IVA se pueden aplicar una ‘no sujeción’ al impuesto en el caso de entregas de bienes a título gratuito. Todos estos beneficios implican para la entidad mejorar su capacidad de captación de recursos privados. El reconocimiento de Utilidad Pública también mejora, en muchos casos, el acceso a ayudas públicas que, cuando son en concurrencia competitiva, incrementa la puntuación.
Por otra parte, disponer de este reconocimiento supone un mayor control por parte de la administración, ya que se han de depositar anualmente ante el registro las cuentas anuales y memoria de actividades del ejercicio. También implica la obligación de liquidar siempre el impuesto sobre beneficios, y una memoria anual ante la Agencia Tributaria, además de informar, anualmente, de las donaciones privadas recibidas.
4.- ¿Cuál es el papel de Algalia en este proceso?
Algalia acompaña a los clientes que solicitan este servicio en todo el proceso; inicialmente, se realiza un estudio previo de las posibilidades reales que tiene la entidad ante una posible solicitud, y se identifican posibles cambios a realizar para favorecer el reconocimiento (como, por ejemplo, adaptaciones estatutarias). Algalia formaliza todos los documentos que componen el expediente y acompaña a la entidad en el enfoque y desarrollo de las memorias de actividades que han de incorporarse a la solicitud.
También se encargará de responder a los posibles requerimientos que se puedan producir, así como, una vez obtenido el reconocimiento, formalizar el acogimiento censal a la Ley 49/2002.
En los últimos 12 años, han confiado en Algalia más de 25 entidades (principalmente de Galicia, pero también de fuera de la Comunidad) en sus procesos de solicitud, en los últimos 12 meses han sido 5 los expedientes que, o bien ya se han presentado ante la administración, o se están desarrollando en este momento.