El 20 de diciembre de 2023 se publicó en el BOE el RDL 6/2023, un «macro» Real Decreto-ley cuyo objetivo es cumplir con un paquete de compromisos con la UE que condicionan los paquetes de ayudas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En el «Libro cuarto» de este RDL se aborda la mejora de la regulación del mecenazgo y del régimen de incentivos fiscales. La entrada en vigor de estas modificaciones se produce el 1 de enero de 2024.

Las novedades detectadas son las siguientes:

  1. Se incluye la defensa de los animales como fin de interés general.
  2. Se incluyen como explotación económica exenta las acciones de inserción sociolaboral de personas en riesgo de exclusión social, así como la enseñanza y formación profesional vinculadas a estudiantes de altas capacidades.
  3. Se amplía la definición de la explotación económica exenta siguiente: «Las explotaciones económicas de investigación, desarrollo e innovación, siempre y cuando se trate de actividades definidas con arreglo a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.»
  4. Se incorpora como donativo deducible «La cesión de uso de un bien mueble o inmueble, por un tiempo determinado, realizada sin contraprestación.»
  5. Se incorpora también un nuevo tipo de donativo, el denominado mecenazgo de reconocimiento o recompensa, que permite que el donante obtenga retornos simbólicos en forma de contraprestación de bienes o servicios, siempre que no representen más del 15% del valor de la donación con un tope máximo de 25.000 €.
  6. Se mejoran los porcentajes de deducción, los importes y límites a la deducción:
    • Se sube el importe con deducción al 80% de 150 a 250 euros en IRPF.
    • Se incrementan los segundos tramos de deducción en IRPF (35% a 40% y del 40% a 45%).
    • Se incrementan los tramos de deducción en Impuesto sobre Sociedades (del 35% al 40% y del 40% al 50%).
    • Se incrementa del 10% al 15% el límite de la base en Impuesto sobre Sociedades.
    • Se incrementa del 10% al 15% el límite de la base de deducción en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
  7. Se amplía el concepto de convenio de colaboración empresarial en actividades de interés general incluyendo de forma expresa las aportaciones en especie incluida la prestación gratuita de servicios. El colaborador podrá además difundir esta colaboración.

La entrada en vigor de estas modificaciones se produce el 1 de enero de 2024. Esto implicará que los donativos de 2023 a declarar en enero de 2024 (modelo 182) mantendrán el esquema de deducciones previo.

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