El pasado día 2 de octubre de 2016 entró en vigor la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y advertíamos en nuestro boletín y web del previsible incremento de procedimientos que progresivamente irían implantándose en formato electrónico exclusivo.
En este primer mes de aplicación hemos detectado dos operaciones que sólo pueden ser realizadas ya de manera telemática con uso diferente del mecanismo de validación electrónica de la representación:
- Fundaciones de ámbito nacional: el Registro único ha establecido como único mecanismo de presentación del Plan de Actuación del ejercicio 2017 la presentación electrónica. El mecanismo de validación electrónico de representación establecido consiste en solicitar las claves de acceso a la dirección de correo electrónico [email protected], adjuntando una solicitud firmada por el Presidente o Secretario. Además, los datos del plan de actuación se introducirán en una aplicación propia del registro.
- Gestiones diversas ante la AEAT: la AEAT ya avisó del cumplimiento del plazo de entrada en vigor de la PAC y ha empezado a aplicar taxativamente este mecanismo de presentación electrónica para procedimientos variados como por ejemplo la solicitud de la aplicación del tipo del IVA superreducido para la compra de vehículos para el transporte de personas con movilidad reducida. El mecanismo de validación es con la firma digital de la entidad no lucrativa.
Esto no ha hecho más que empezar por lo que no demoren la puesta a punto de los mecanismos internos de gestión y asuman como indemorable la obtención de la firma digital de la entidad y su correcta gestión en términos de seguridad y acceso.
Jorge Rodríguez
Socio Responsable Área Asesoría de Algalia Servicios para el Tercer Sector