Cambio y mejora de los certificados digitales

Con la entrada en vigor de una nueva normativa comunitaria sobre identificación electrónica y transacciones electrónicas se obliga a los países miembros a adaptar su legislación y por tanto a mejorar los certificados electrónicos –y cambiar- con los que hemos venido trabajando cada vez más desde hace tiempo.

Desde marzo de 2016 la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre está expidiendo los nuevos certificados de representante de persona jurídica, de representante de entidad sin personalidad jurídica y de representante para administradores únicos y solidarios.

Ya se han dejado de emitir, a partir de esa fecha, los actuales certificados de persona jurídica y de entidad sin personalidad jurídica y no se podrán renovar los mismos a través de la página web, por lo que solo se podrán usar hasta su caducidad o revocación.

Lo que hasta ahora habían sido renovaciones automáticas vía web y sin coste nos obligará a realizar una nueva gestión y, posiblemente, asumir nuevos costes iniciales. Concretamente la gestión a realizar será una de las siguientes:

  1. Si se trata de un administrador único o solidario, podrá obtener su certificado de representante sin necesidad de personarse en las oficinas de registro ni aportar documentación alguna, siempre que se identifique en la página Web CERES,  con un certificado electrónico de persona física expedido por la FNMT–RCM o de los incluidos en el DNI electrónico (la expedición del certificado queda sometido a la vigencia de las facultades de representación que consten en el Registro Mercantil a favor del interesado).
  2. Si no es administrador único o solidario, o si no puede identificarse en la página web como se ha descrito en el párrafo anterior, es preciso personarse en una oficina de registro para obtener un certificado de representante, con la documentación exigible en cada caso.

Jorge Rodríguez
Socio Responsable del  área de Asesoría de Algalia Servicios para el Tercer Sector

 

 

 

 

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