Convocante
Fundación IberdrolaPublicación
Obxecto
Todos los proyectos presentados a este Programa Social, deben cumplir el objetivo general de contribuir a reducir las desigualdades con un enfoque transversal a la perspectiva de género para que estas iniciativas solidarias promuevan la igualdad de derechos, responsabilidades y oportunidades para mujeres y niñas.
Este Programa Social, prioriza tres líneas de trabajo específicas para esta convocatoria.
Tipo 1: Pobreza infantil.
- Apoyo integral al hogar con baja intensidad laboral o desempleo duradero para cubrir aspectos básicos de la vida cotidiana (alimentación, ropa, suministros…).
- Fomentar la inclusión social de niños, niñas y adolescentes mediante espacios de protección, apoyo escolar, disfrute del ocio y tiempo libre.
- Inclusión laboral: formación para el acceso al mercado laboral, se valorarán acuerdos de colaboración con centros de trabajo y empresas.
Tipo 2: Educación Inclusiva
- Formación especializada que permita el acceso al empleo normalizado, fomentando habilidades para la inclusión socio laboral.
- Promoción de la autonomía personal para la vida independiente mediante aprendizajes útiles para el desarrollo.
- Capacitación para la inclusión social: apoyo a los centros ocupacionales que promuevan procesos formativos integrales y permitan optimizar competencias para el empleo.
Tipo 3: Salud y Bienestar
- Inclusión social para personas afectadas por adicciones. Especial atención a la patología dual.
- Acompañamiento integral en situación de pobreza o exclusión social, garantizando cobertura de necesidades básicas en los tratamientos.
- Promover el ocio y el tiempo libre, para el desarrollo de capacidades que fomenten la autonomía y el “respiro familiar”.
Beneficiarios
Podrán concurrir entidades que cumplan y acrediten los siguientes requisitos:
- Estar constituidas legalmente como entidades privadas sociales sin ánimo de lucro (ONG’S, Asociaciones, Federaciones, Confederaciones y Fundaciones) que persigan fines de interés general y tengan la obligación de revertir todo el beneficio en su objeto social.
- Entidad beneficiaria de mecenazgo a los efectos de la Ley 49/2002.
- En el caso de las asociaciones, estar acreditadas como entidades de Utilidad Pública, para proyectos de ámbito estatal por el Ministerio del Interior y para proyectos regionales por la Comunidad Autónoma correspondiente. En el caso de las Fundaciones estar inscritas en el Registro de Fundaciones.
- Contar con sede social constituida y permanente dentro del territorio español y tener reconocida, conforme a la legislación española, legitimación o capacidad de obrar jurídicamente.
- Haber formulado, aprobado y sometido a auditoría externa las cuentas anuales correspondientes a los dos últimos Ejercicios Económicos cerrados (2017 y 2018).
- Estar al corriente de pago en las obligaciones fiscales y laborales.
- Tener experiencia demostrable mínima de tres años y acreditar especialización áreas sectoriales priorizadas en esta convocatoria.
- Contar con una estructura y capacidad suficiente para gestionar el proyecto seleccionado garantizando su viabilidad y sostenibilidad.
- Disponer de página web actualizada hasta la fecha y que contenga: los Estatutos de la entidad debidamente legalizados, información accesible a sus memorias de actividad y cuentas auditadas.