Convocante

Fundación Iberdrola

Obxecto

Todos los proyectos presentados a este Programa Social, deben cumplir el objetivo general de contribuir a reducir las desigualdades con un enfoque transversal a la perspectiva de género para que estas iniciativas solidarias promuevan la igualdad de derechos, responsabilidades y oportunidades para mujeres y niñas.

Este Programa Social, prioriza tres líneas de trabajo específicas para esta convocatoria.

Tipo 1: Pobreza infantil.

  • Apoyo integral al hogar con baja intensidad laboral o desempleo duradero para cubrir aspectos básicos de la vida cotidiana (alimentación, ropa, suministros…).
  • Fomentar la inclusión social de niños, niñas y adolescentes mediante espacios de protección, apoyo escolar, disfrute del ocio y tiempo libre.
  • Inclusión laboral: formación para el acceso al mercado laboral, se valorarán acuerdos de colaboración con centros de trabajo y empresas.

Tipo 2: Educación Inclusiva

  • Formación especializada que permita el acceso al empleo normalizado, fomentando habilidades para la inclusión socio laboral.
  • Promoción de la autonomía personal para la vida independiente mediante aprendizajes útiles para el desarrollo.
  • Capacitación para la inclusión social: apoyo a los centros ocupacionales que promuevan procesos formativos integrales y permitan optimizar competencias para el empleo.

Tipo 3: Salud y Bienestar

  • Inclusión social para personas afectadas por adicciones. Especial atención a la patología dual.
  • Acompañamiento integral en situación de pobreza o exclusión social, garantizando cobertura de necesidades básicas en los tratamientos.
  • Promover el ocio y el tiempo libre, para el desarrollo de capacidades que fomenten la autonomía y el “respiro familiar”.

Beneficiarios

Podrán concurrir entidades que cumplan y acrediten los siguientes requisitos:

  • Estar constituidas legalmente como entidades privadas sociales sin ánimo de lucro (ONG’S, Asociaciones, Federaciones, Confederaciones y Fundaciones) que persigan fines de interés general y tengan la obligación de revertir todo el beneficio en su objeto social.
  • Entidad beneficiaria de mecenazgo a los efectos de la Ley 49/2002.
  • En el caso de las asociaciones, estar acreditadas como entidades de Utilidad Pública, para proyectos de ámbito estatal por el Ministerio del Interior y para proyectos regionales por la Comunidad Autónoma correspondiente. En el caso de las Fundaciones estar inscritas en el Registro de Fundaciones.
  • Contar con sede social constituida y permanente dentro del territorio español y tener reconocida, conforme a la legislación española, legitimación o capacidad de obrar jurídicamente.
  • Haber formulado, aprobado y sometido a auditoría externa las cuentas anuales correspondientes a los dos últimos Ejercicios Económicos cerrados (2017 y 2018).
  • Estar al corriente de pago en las obligaciones fiscales y laborales.
  • Tener experiencia demostrable mínima de tres años y acreditar especialización áreas sectoriales priorizadas en esta convocatoria.
  • Contar con una estructura y capacidad suficiente para gestionar el proyecto seleccionado garantizando su viabilidad y sostenibilidad.
  • Disponer de página web actualizada hasta la fecha y que contenga: los Estatutos de la entidad debidamente legalizados, información accesible a sus memorias de actividad y cuentas auditadas.
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