Convocante

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

Publicación

Diario Oficial de Galicia

Obxecto

El objeto de esta orden es regular el procedimiento de solicitud y concesión de ayudas para la contratación de auxiliares de conversación con la finalidad de mejorar la competencia lingüística del alumnado en lenguas extranjeras.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los  centros privados concertados de educación primaria y secundaria que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Tener en funcionamiento secciones bilingües o ser centros plurilingües.
  2. Disponer de una persona auxiliar de conversación que tenga como lengua materna la lengua vehicular extranjera que se imparte en el aula y que posea una diplomatura, licenciatura o equivalentes. También podrán desarrollar esta función los estudiantes que, teniendo como lengua materna la lengua vehicular extranjera que se imparte en el aula, estén cursando el último curso académico de sus estudios universitarios de grado o equivalentes.
  3. Formalizar un contrato con la persona auxiliar de conversación, con una duración no inferior a siete meses de naturaleza laboral o mercantil.
Volver