La Nueva Ley de Voluntariado

Se ha publicado la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado (BOE de 15 de octubre de 2015) con entrada en vigor el pasado día 16 de octubre de 2015.

Aspectos relevantes para el sector no lucrativo:

Teniendo en cuenta siempre que no deroga la normativa autonómica en materia de voluntariado (ver artículo 2), de su amplia regulación, además de la regulación de derechos y deberes (artículos 10 a 12), puede resaltarse:

  1. La definición concreta del voluntariado, deslindando figuras afines como los trabajos de colaboración social, las becas con o sin prestación de servicios o las prácticas no laborales, o la regulación del voluntariado del personal laboral de una entidad en la propia entidad (artículo 3, en relación con artículos 8 y 9),
  2. La existencia de hasta 9 ámbitos de voluntariado, además del social (artículo 6)
  3. Los contenidos de los programas de voluntariado (artículo 7) y la regulación de las entidades de voluntariado (artículos 13 y 14)
  4. El papel que deben ocupar las empresas (artículo 21), universidades (artículo 22) o administraciones públicas (artículos 17 a 20) en el marco de la acción voluntaria, o
  5. La acreditación y reconocimiento de las actuaciones de voluntariado, por medio de certificación con expreso reconocimiento de las competencias adquiridas por el voluntario de conformidad con la normativa general de reconocimiento de las competencias adquiridas por experiencia laboral o por vías no formales de formación (artículo 24)

Para saber más en el siguiente link.

Santiago Míguez
Responsable del Servizo Jurídico de Algalia Servicios para el Tercer Sector

 

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