La Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas (AECA) acaba de publicar el Documento n.º 9 de la Comisión de Entidades Sin Fines de Lucro, titulado El destino de rentas e ingresos en las entidades sin fines lucrativos, una nueva publicación orientada a facilitar la interpretación y aplicación práctica de una de las obligaciones más relevantes para las entidades del tercer sector.
En la elaboración del texto ha participado Jorge Rodriguez, socio-responsable del Servicio económico en el Área Asesoría de Algalia, quien ha querido explicar el objetivo de esta publicación y su función para las entidades:
- ¿A qué nos referimos cuando hablamos del destino de rentas e ingresos?
El destino de rentas e ingresos es una obligación que pretende garantizar que los recursos económicos obtenidos por una entidad sin fines lucrativos se utilizan realmente para desarrollar las actividades que justifican su existencia.
En el caso de las fundaciones, la normativa establece, con carácter general, que deben destinar al menos el 70 % de una determinada base de cálculo de sus rentas e ingresos al cumplimiento de sus fines fundacionales. Esta aplicación puede realizarse durante el ejercicio en que se obtienen los ingresos y los cuatro ejercicios siguientes.
También es una obligación relevante para las entidades que se acogen al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, entre ellas las asociaciones declaradas de utilidad pública.
Sin embargo, el cálculo no es tan sencillo como aplicar un porcentaje a los ingresos o al resultado contable. Es necesario determinar qué ingresos deben computarse, qué gastos pueden deducirse y qué recursos se han destinado efectivamente al cumplimiento de los fines sociales.
Hay además una cuestión de fondo importante: las entidades sin fines lucrativos necesitan destinar sus recursos a su misión, pero también generar una cierta capacidad de ahorro que garantice su continuidad y sostenibilidad económica. Ambas necesidades deben ser compatibles.
- Desde tu experiencia en Algalia, ¿cuáles son las principales dificultades que encuentran las entidades sin fines lucrativos para justificar que sus rentas e ingresos se destinan a sus fines sociales?
Una dificultad importante es que la información necesaria para realizar estos cálculos no se obtiene directamente de la contabilidad financiera. Es necesario complementarla con información sobre las actividades desarrolladas por la entidad y sobre los recursos económicos utilizados en cada una de ellas, lo que llamaríamos contabilidad analítica.
Por ejemplo, resulta fundamental diferenciar las actividades propias, directamente relacionadas con los fines estatutarios, de aquellas otras actividades mercantiles que pueden desarrollarse para obtener financiación. Esta clasificación tiene consecuencias importantes sobre el cálculo del destino de rentas y no es de ejecución clara tal y como se describen las diferencias en la normativa sustantiva, fiscal y contable.
Otra dificultad habitual es la distribución de los gastos comunes entre las distintas actividades. Gastos de personal, suministros o servicios generales deben asignarse utilizando criterios objetivos y razonables que reflejen el consumo real de recursos.
También existen situaciones especialmente complejas relacionadas con las inversiones. Cuando una entidad adquiere un inmueble, un vehículo o un equipamiento destinado a sus fines sociales, la forma de computar esa inversión depende, entre otros aspectos, de cómo haya sido financiada.
A estas cuestiones se añaden las diferencias entre las regulaciones aplicables a las fundaciones estatales y autonómicas y las exigencias derivadas de la normativa fiscal.
En definitiva, el problema no solo está en determinar si una entidad está desarrollando actividades de interés general, sino trasladar, también, adecuadamente esa realidad a los cálculos y estados financieros exigidos por la normativa.
- ¿Qué herramientas, criterios o recomendaciones prácticas ofrece el documento para facilitar el cumplimiento de esta obligación y mejorar la gestión económica de las entidades?
Una de las principales aportaciones del documento es que aborda de manera sistemática todo el proceso de cálculo del destino de rentas e ingresos, desde la determinación de la base sobre la que se aplica el porcentaje obligatorio hasta la identificación de los gastos e inversiones efectivamente destinados a los fines sociales.
Además de explicar los criterios establecidos por la normativa, el documento analiza situaciones concretas que generan dudas y dificultades en su aplicación: el tratamiento de las inversiones, la distribución de los gastos comunes, las ayudas concedidas a otras entidades, las plusvalías derivadas de operaciones patrimoniales o los ingresos que todavía no han sido cobrados.
También incorpora un caso práctico completo que permite comprender cómo se elaboran los estados financieros correspondientes a dos ejercicios económicos y cómo se comprueba el cumplimiento de esta obligación.
Considero especialmente relevante que el documento no se limita a explicar la regulación vigente. La Comisión también identifica algunas de sus limitaciones y plantea propuestas para mejorarla. Este enfoque de análisis y propuestas de mejora en la normativa es una constante en el trabajo de esta Comisión.
Por ejemplo, se analizan las dificultades que pueden producirse cuando una entidad realiza inversiones importantes en un ejercicio, generando un destino efectivo superior al obligatorio, o cuando determinados criterios contables generan obligaciones de destino sobre ingresos que todavía no se han materializado.
Desde una perspectiva de gestión, creo que el documento también refuerza la importancia de disponer de una contabilidad que permita conocer los costes de las diferentes actividades y programas. No se trata únicamente de preparar correctamente las cuentas anuales, sino de disponer de información económica útil para tomar decisiones.
- ¿Qué ha supuesto para ti participar en la elaboración de esta publicación de AECA y cómo contribuye este trabajo a trasladar el conocimiento técnico a las necesidades reales de las entidades del tercer sector?
Llegué a la Comisión, allá por abril de 2011, justo cuando se estaba gestando el Plan Contable Adaptado para ESFL. Ya, desde el primer momento, la generosidad de los miembros de la comisión que estaban allí (catedráticos y profesores universitarios, auditores de cuentas, profesionales de reconocido prestigio), me permitió acercarme a trabajos muy relevantes para el sector no lucrativo y poder aportar el granito de arena de Algalia, como profesionales implicados en dicho sector.
Agradezco muchísimo participar en la Comisión de Entidades Sin Fines de Lucro de AECA por lo que supone de oportunidad para compartir conocimientos y experiencias con fabulosos profesionales procedentes de ámbitos tan diversos.
Esta diversidad permite abordar las cuestiones técnicas desde diferentes perspectivas y contrastar las interpretaciones normativas con los problemas que aparecen en su aplicación práctica.
Desde Algalia trabajamos habitualmente con fundaciones, asociaciones y otras entidades de la economía social, acompañándolas en su gestión económica y en el cumplimiento de sus obligaciones contables y fiscales. Esta experiencia nos permite identificar dificultades concretas y trasladarlas a espacios de reflexión técnica como la Comisión de AECA.
Al mismo tiempo, participar en estos trabajos nos permite incorporar nuevos conocimientos, contrastar criterios y mejorar el asesoramiento que prestamos a nuestras entidades clientes.
Creo que este intercambio entre conocimiento académico, interpretación normativa y experiencia profesional es especialmente valioso en un sector caracterizado por una gran diversidad de organizaciones y por una regulación que, en ocasiones, no se adapta suficientemente a sus particularidades.
