{"id":11297,"date":"2022-02-24T13:28:53","date_gmt":"2022-02-24T11:28:53","guid":{"rendered":"https:\/\/algalia.com\/gl\/?p=11297"},"modified":"2022-03-03T17:17:07","modified_gmt":"2022-03-03T15:17:07","slug":"el-congreso-convalida-la-reforma-laboral-2022-puntos-clave","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/algalia.com\/es\/el-congreso-convalida-la-reforma-laboral-2022-puntos-clave\/","title":{"rendered":"El Congreso convalida la Reforma Laboral 2022: puntos clave"},"content":{"rendered":"<p><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"wp-image-11298 alignright\" src=\"https:\/\/algalia.com\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/laboral-2-300x184.jpg\" alt=\"\" width=\"449\" height=\"276\" srcset=\"https:\/\/algalia.com\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/laboral-2-300x184.jpg 300w, https:\/\/algalia.com\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/laboral-2-610x375.jpg 610w, https:\/\/algalia.com\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/laboral-2.jpg 700w\" sizes=\"(max-width: 449px) 100vw, 449px\" \/><\/p>\n<p>Tras su convalidaci\u00f3n en el Congreso de los Diputados, el RD-ley 32\/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garant\u00eda de estabilidad en el empleo y la transformaci\u00f3n del mercando de trabajo, sigue su tr\u00e1mite parlamentario y permanece en vigor desde el 31 de diciembre de 2021 (salvo en materia de contrataci\u00f3n que estar\u00e1 vigente desde el 31 de marzo de 2022).<\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n resumimos algunos de sus aspectos principales:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>1. En materia de contrataci\u00f3n temporal. <\/strong><\/p>\n<p><strong>Nuevo contrato por Circunstancias de la Producci\u00f3n. <\/strong>Se eliminan como causas las circunstancias del mercado y la acumulaci\u00f3n de tareas y exceso de pedidos y se definen las circunstancias de la producci\u00f3n en los siguientes t\u00e9rminos:<\/p>\n<ul>\n<li><u>Incremento ocasional e imprevisible<\/u>. Cuando se produzcan puntas de trabajo que no se repitan cada temporada, no sean ni estructurales ni previsibles. Duraci\u00f3n 6 meses ampliables a 12 por convenio colectivo.<\/li>\n<li><u>Incremento ocasional previsible<\/u>. Hasta un m\u00e1ximo de 90 d\u00edas de contrataciones no continuadas en el a\u00f1o natural, independientemente del n\u00famero de trabajadores que sean necesarios para atender esas necesidades concretas de producci\u00f3n o de servicio. (Ejemplo: no podremos contratar a un trabajador del 1 de junio al 31 de septiembre porque superar\u00eda los 90 d\u00edas. Tampoco podremos contratar a un trabajador en junio, otro en agosto, y otro en diciembre porque superar\u00eda los 90 d\u00edas. Podr\u00edamos contratar a 15 trabajadores del 1 de julio a 31 de agosto)<\/li>\n<li><u>Oscilaciones actividad normal<\/u>. Oscilaciones que, aun siendo resultado de la actividad normal de la empresa, generan un desajuste temporal entre el empleo estable disponible y el requerido (aumentos de actividad o desajustes por reducci\u00f3n temporal del n\u00famero de trabajadores, como ocurre durante las vacaciones)<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Nuevo contrato para la sustituci\u00f3n de la persona trabajadora <\/strong>para sustituci\u00f3n de un trabajador con derecho a reserva del puesto de trabajo (maternidad, incapacidad temporal, etc.), para completar la jornada reducida cuando dicha reducci\u00f3n se ampare en causas legales o convencionalmente establecidas (guarda legal, cuidado de hijo con enfermedad grave, etc.) y cobertura temporal (m\u00e1ximo 3 meses) de un puesto de trabajo durante un proceso de selecci\u00f3n o promoci\u00f3n y hasta su cobertura definitiva mediante un contrato fijo.<\/p>\n<p><strong>Modificaci\u00f3n del texto refundido de la Ley de Empleo, respecto de los contratos vinculados a programas de activaci\u00f3n para el empleo.<\/strong><\/p>\n<p>El nuevo apartado 1 de la disposici\u00f3n adicional novena del texto refundido de la Ley de Empleo respecto de los contratos vinculados a programas de activaci\u00f3n para el empleo establece que las Administraciones P\u00fablicas y, en su caso, las entidades sin \u00e1nimo de lucro <u>podr\u00e1n realizar contratos para la mejora de la ocupabilidad y la inserci\u00f3n laboral<\/u> en el marco de los programas de activaci\u00f3n para el empleo <u>cuya duraci\u00f3n no podr\u00e1 exceder de doce meses<\/u>.<\/p>\n<p><strong>Nuevo l\u00edmite en el encadenamiento de contratos temporales <\/strong>hasta un m\u00e1ximo de dieciocho meses en un per\u00edodo de veinticuatro, mediante dos o m\u00e1s contratos por circunstancias de la producci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Modificaci\u00f3n del art. 151 de la LGSS. <\/strong>Se incrementa la cotizaci\u00f3n de los contratos de duraci\u00f3n determinada inferiores a 30 d\u00edas. La cuant\u00eda de ese recargo para el a\u00f1o 2022 es de 26.57 euros, con independencia de que el contrato dure 1 d\u00eda o 29 d\u00edas (esta cantidad es el resultado de multiplicar por tres la cuota resultante de aplicar a la base m\u00ednima diaria del grupo 8 de cotizaci\u00f3n el tipo de cotizaci\u00f3n por contingencias comunes (23,60% x 37,53 x 3)<\/p>\n<p>Los contratos de obra, eventuales por circunstancias de la producci\u00f3n y de interinidad concertados antes del 31 de diciembre de 2021 permanecer\u00e1n vigentes hasta su fin. Desde el 31 de diciembre de 2021 y hasta el 30 de marzo de 2022, podr\u00e1n suscribirse con arreglo a la legislaci\u00f3n anterior si bien su duraci\u00f3n no podr\u00e1 ser superior a seis meses (Disp. Transitoria 3\u00ba y 4\u00aa)<\/p>\n<p><strong>2. Contratos formativos (dos modalidades)<\/strong><\/p>\n<p><strong>Contrato de formaci\u00f3n en alternancia<\/strong> (trabajo y formaci\u00f3n compatibilizando la actividad laboral retribuida con los correspondientes procesos formativos en el \u00e1mbito de la formaci\u00f3n profesional, estudios universitarios o Cat\u00e1logo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo) y <strong>contrato para la adquisici\u00f3n de la pr\u00e1ctica profesional <\/strong>adecuada al nivel de estudios.<\/p>\n<p><strong>3. Contratos fijos-discontinuos <\/strong>para la realizaci\u00f3n de trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades productivas de temporada y para el desarrollo de aquellos que no tengan dicha naturaleza pero que, siendo de prestaci\u00f3n intermitente, tengan per\u00edodos de ejecuci\u00f3n ciertos, determinados o indeterminados, as\u00ed como para las actividades realizadas al amparo de contratas mercantiles o administrativas.<\/p>\n<p>A partir del 30 de marzo de 2022, los trabajos discontinuos que se repitan en fechas ciertas no tendr\u00e1n la consideraci\u00f3n de contratos a tiempo parcial celebrados por tiempo indefinido, sino que tendr\u00e1n la consideraci\u00f3n de contratos fijos-discontinuos. Los convenios colectivos sectoriales podr\u00e1n establecer la posibilidad de celebrar los contratos fijos-discontinuos a tiempo parcial.<\/p>\n<p><strong>4. Expedientes de Regulaci\u00f3n Temporal de Empleo<\/strong><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>Se revisa el modelo ERTE por causas econ\u00f3micas, t\u00e9cnicas, organizativas o de producci\u00f3n facilitando su tramitaci\u00f3n y flexibilidad as\u00ed como el ERTE por Fuerza Mayor, a la que se a\u00f1ade como causa espec\u00edfica el impedimento o las limitaciones a la actividad determinadas por decisiones de la autoridad gubernativa.<\/p>\n<p>Se crea una nueva figura, <strong>el Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilizaci\u00f3n en el empleo<\/strong>, que permitir\u00e1 a las empresas solicitar medidas de reducci\u00f3n de jornada y suspensi\u00f3n de contratos de trabajo en determinados supuestos y con las siguientes especialidades:<\/p>\n<p><strong>C\u00edclica:<\/strong> Cuando se aprecie una coyuntura macroecon\u00f3mica general que aconseje la adopci\u00f3n de instrumentos adicionales de estabilizaci\u00f3n con una duraci\u00f3n m\u00e1xima de un a\u00f1o.<\/p>\n<p><strong>Sectorial<\/strong>: Cuando en un determinado sector\/es de actividad se aprecien cambios permanentes que generen necesidades de recualificaci\u00f3n y de transici\u00f3n profesional, con una duraci\u00f3n m\u00e1xima inicial de un a\u00f1o y la posibilidad de dos pr\u00f3rrogas de seis meses cada una.<\/p>\n<p><strong>5. Convenios Colectivos<\/strong><\/p>\n<p>Se recupera la ultraactividad indefinida, de forma que los convenios colectivos se prorrogar\u00e1n hasta que sean sustituidos por otros nuevos, sin l\u00edmite de tiempo, frente al plazo de un a\u00f1o establecido anteriormente. El convenio del sector recupera su prevalencia sobre el convenio de empresa.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong><u>ACLARACIONES AL RD-LEY 32\/2021<\/u><\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>En cuanto a los incentivos a la contrataci\u00f3n vigentes a la fecha de entrada en vigor del RD-ley 32\/2021, <\/strong>se mantendr\u00e1n para el contrato formativo, en su modalidad de formaci\u00f3n en alternancia los beneficios en la cotizaci\u00f3n a la Seguridad Social que, a la entrada en vigor de esta disposici\u00f3n, est\u00e9n establecidos para los contratos para la formaci\u00f3n y el aprendizaje y, para el contrato formativo para la obtenci\u00f3n de la pr\u00e1ctica profesional adecuada al nivel de estudios se mantendr\u00e1n los beneficios en la cotizaci\u00f3n a la Seguridad Social para los contratos en pr\u00e1cticas.<\/p>\n<p><strong>En lo que se refiere al contrato de duraci\u00f3n determinada<\/strong> regulado en el art\u00edculo 15 de E.T., tanto en su modalidad de circunstancias de la producci\u00f3n, como en la de sustituci\u00f3n, se mantendr\u00e1 la aplicaci\u00f3n de los beneficios en la cotizaci\u00f3n a la Seguridad Social establecidos para los contratos de trabajo temporales o de duraci\u00f3n determinada para determinados colectivos previstos en la Ley 43\/2006, para la mejora del crecimiento y del empleo, y los incentivos a los contratos de interinidad del R.D.-ley 11\/1998, por el que se regulan las bonificaciones de cuotas a la S.S. de los contratos de interinidad que se celebren con personas desempleadas para sustituir a trabajadores durante los per\u00edodos de descanso por maternidad, adopci\u00f3n y acogimiento.<\/p>\n<p>En cuanto <strong>al contrato de fomento de empleo de personas con discapacidad<\/strong> al no ser mencionado en la reforma sigue vigente en las mismas condiciones. Dicho contrato est\u00e1 regulado en la Disposici\u00f3n Adicional 1\u00aa de la Ley 43\/2006, de 29 de diciembre y este precepto no ha sido modificado.<\/p>\n<p>En Algalia quedamos a su disposici\u00f3n para aclarar cualquier duda relacionado con esta reforma.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Tras su convalidaci\u00f3n en el Congreso de los Diputados, el RD-ley 32\/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garant\u00eda de estabilidad en el empleo y la transformaci\u00f3n del mercando de trabajo, sigue su tr\u00e1mite parlamentario y permanece en vigor desde el 31 de diciembre de 2021 (salvo en materia [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":11298,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[11],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/algalia.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/11297"}],"collection":[{"href":"https:\/\/algalia.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/algalia.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/algalia.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/algalia.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=11297"}],"version-history":[{"count":12,"href":"https:\/\/algalia.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/11297\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":11329,"href":"https:\/\/algalia.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/11297\/revisions\/11329"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/algalia.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/11298"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/algalia.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=11297"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/algalia.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=11297"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/algalia.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=11297"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}