Convocante

Concello de Santiago de Compostela

Publicación

Boletín Oficial de A Coruña

Obxecto

El objeto de esta orden es subvencionar a organizaciones no gubernamentales de desarrollo en la realización de proyectos concretos de cooperación al desarrollo en países empobrecidos.

Beneficiarios

Podrán solicitar ayudas para la realización de proyectos de cooperación al desarrollo, las organizaciones no gubernamentales de desarrollo que reúnan los siguientes requisitos, entre otros:

  • Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Gallego de Agentes de Cooperación para el desarrollo de la Xunta de Galicia.
  • Acreditar una experiencia mínima de 2 años en el ámbito territorial de actuación para el que se solicita el proyecto.
  • Carecer de ánimo de lucro y no depender económicamente o institucionalmente de entidades lucrativas.
  • Tener entre sus fines institucionales expresos, según sus propios estatutos, la realización de actividades
    relacionadas con la cooperación al desarrollo y el fomento de la solidaridad entre los pueblos, cooperación social o actividades
    similares.
  • Disponer de una estructura necesaria para garantizar el cumplimento de sus objetivos y acreditar una experiencia mínima de cuatro años realizando proyectos con la consecuente capacidad operativa para esto.
  • Presentar un proyecto que sea técnicamente viable.
  • Tener sede, domicilio social o delegación permanente en la Comunidad Autónoma de Galicia y mantener la entidad abierta durante la ejecución del proyecto y hasta 1 año después de su finalización.
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